Cancelación de CFDI’S a partir del 1° de Enero 2018
A partir de 2018 los Comprobantes Fiscales
Digitales por Internet (CFDI) sólo podrán cancelarse cuando:
La cancelación se realice dentro de
las 72 horas inmediatas siguientes a la emisión del CFDI.
Después de las primeras 72
horas, sólo podrá cancelarse cuando la persona a favor de quien se expida
acepte su cancelación.
También se podrá cancelar un
CFDI sin que se requiera la aceptación del receptor:
- Cuando sea una cantidad menor a
$5,000.00 pesos.
- Cuando sea por concepto de
nómina, egresos o traslados.
- Cuando corresponde a
operaciones realizadas con “Público en general”
- Cuando sean emitidos a
residentes en el extranjero.
- Cuando se expide a
contribuyentes del RIF.
- Cuando amparen retenciones e
información de pagos.
- Cuando se emitió a través de la
herramienta de “Mis cuentas” en el aplicativo “Factura fácil”.
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