Versión 3.3

Facturación Electrónica




Versión 3.3 de la Facturación Electrónica

Formas de Pago

 

 


Con la versión 3.3 del CDFI, el contribuyente deberá indicar cuándo la operación se liquida en una sola exhibición y cuándo en parcialidades.

 

Únicamente cuando la operación sea liquidada en el momento en que se emite la factura, se utilizará el concepto de “Pago en una sola exhibición” (PUE).

 

Cuando la operación se liquide posteriormente, ya sea en un solo pago o en parcialidades, se deberá utilizar el concepto de “Pago en parcialidades o diferido” (PPD).

Pago en una sola exhibición (PUE) = Pago de Contado al momento de expedir la factura
Pago en parcialidades o diferido (PPD) = Pago de Contado Posterior a la emisión de la factura
   Pago en parcialidades

                                                                                 

Si la operación se liquida después de la emisión de la factura en un solo pago.

  • Se deberá utilizar el concepto de PPD al momento de emitir la factura por el valor total de la operación.

  • Se deberá emitir un CFDI de Pago al momento de recibir el pago, donde se detalle la cantidad que se paga y se identifique la factura cuyo saldo liquida.

 

Si la operación se paga en parcialidades

  • Se deberá utilizar el concepto de PPD al momento de emitir la factura por el valor total de la operación.

  • Se deberá emitir un CFDI de Pago por cada uno de los pagos que se efectúen o uno por todos los pagos recibidos en un período de un mes, (siempre que éstos correspondan a un mismo receptor) donde se detalle la cantidad que se paga y se identifique la factura cuyo saldo liquida.


 

En otras palabras, los comprobantes fiscales deben emitirse por las actividades que se realicen, o por los ingresos que se perciban, ya sean personas físicas o morales.      

 

 

 ¿Qué sucede si se utiliza el concepto de “Pago en una sola exhibición” en una operación que se paga en parcialidades o posterior a la emisión de esta?
Cuando se utiliza este concepto el SAT da por hecho que la operación ya ha sido liquidada, por lo que si llega a existir un comprobante con complementos para pagos se podría considerar una doble causación de impuestos por la misma operación.


En el caso de recibir más de una forma de pago al momento de la emisión del comprobante fiscal ¿Cómo se debe registrar?
Cuando existan más de una forma de pago, bastará con incluir la clave de Forma de Pago con la que se liquide la mayor cantidad de pago y en caso de que los montos con los que se liquide el pago sean iguales, quedará a discreción del contribuyente señalar una de las formas de pago con la que se recibió el pago respectivo.


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